Calculadora de ISR por arrendamiento 2026
Mira cuánto pagas de impuestos por rentar tu inmueble, con deducción ciega del 35% o gastos reales. Gratis, sin registro.
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¿Cómo se calcula el ISR por arrendamiento?
Primero restas tus deducciones de la renta. Tienes dos opciones: la deducción ciega (35% de la renta + predial, sin comprobantes) o las deducciones reales (mantenimiento, intereses de hipoteca, predial, seguros, con CFDI). A lo que queda se le aplica la tarifa progresiva del ISR (la misma del Art. 96).
El IVA solo aplica si el inmueble es de uso comercial (16%). La casa habitación está exenta. Y si rentas a una empresa, te retienen 10% de ISR que luego acreditas.
Tarifas SAT 2026 · Actualizado mayo de 2026 · Fuente oficial (Anexo 8 RMF 2026)
Preguntas frecuentes
¿Qué es la deducción ciega del 35%?
Es una opción del Art. 115 de la Ley del ISR: en lugar de juntar comprobantes de gastos, restas automáticamente el 35% de tus ingresos por renta, más el impuesto predial. Conviene cuando tus gastos reales son bajos.
¿Cuándo me conviene deducir gastos reales?
Cuando tus gastos comprobables (mantenimiento, intereses de hipoteca, predial, seguros, administración) suman más del 35% de la renta. Necesitas CFDI de cada gasto.
¿La renta de casa habitación paga IVA?
No. El arrendamiento de casa habitación está exento de IVA. Solo los inmuebles de uso comercial (locales, oficinas, bodegas) cobran el 16%.
¿Me retienen impuesto si rento a una empresa?
Sí. Cuando el inquilino es una persona moral (empresa), te retiene el 10% de ISR sobre la renta y te da un CFDI de retención. Ese monto lo acreditas en tu declaración, así que no lo pagas dos veces.
¿Puedo rentar en RESICO?
Sí. RESICO de arrendamiento aplica una tasa fija baja (1% a 2.5%) sobre la renta cobrada, sin deducir gastos, hasta $3.5 millones de ingresos al año. Suele convenir si tienes pocos gastos.
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