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RESICO 2026: qué es, cuánto pagas y quién puede estar

El RESICO (Régimen Simplificado de Confianza) es, para muchas personas físicas, la forma más barata de pagar ISR: una tasa fija baja sobre lo que cobras, sin tener que andar sumando gastos. Aquí va cuánto se paga y quién puede estar.

Cuánto pagas de ISR

En RESICO el ISR se calcula sobre tus ingresos efectivamente cobrados del mes —el dinero que de verdad te llegó, no lo que te deben— sin IVA, con una tasa que va del 1% al 2.5% según cuánto factures:

Ingresos del mes (cobrados)Tasa de ISR
Hasta $25,0001.00%
$25,000 a $50,0001.10%
$50,000 a $83,3331.50%
$83,333 a $208,3332.00%
Más de $208,3332.50%

Son cantidades chicas: si cobras $5,000 en el mes pagas unos $50, y si cobraste $40,000 pagas unos $440 de ISR. Compáralo con lo que pagarías en Honorarios usando la calculadora RESICO vs Honorarios.

Quién puede estar en RESICO

  • Personas físicas con ingresos de hasta $3.5 millones al año.
  • Por actividad empresarial (un negocio, compra-venta de productos), profesional (honorarios) o arrendamiento.
  • Que no seas socio ni accionista de una empresa (persona moral), ni parte relacionada de una. Esa es la exclusión que más sorprende: si tienes acciones de una S.A. o S. de R.L., no puedes estar en RESICO, aunque tu negocio sea chico.
  • Si pasas el límite de ingresos en el año, sales del régimen.

Qué tienes que hacer

La confianza tiene letra chica

RESICO es barato, pero el SAT es estricto con quien no cumple: dejar de declarar puede sacarte del régimen. Aquí está cómo no perderlo.

Cómo Saldia te ayuda

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Herramienta relacionada: Calculadora RESICO vs Honorarios

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga de ISR en RESICO?

Una tasa fija de 1% a 2.5% sobre tus ingresos efectivamente cobrados del mes (sin IVA), según cuánto factures. Por ejemplo, $40,000 al mes pagan 1.10%, unos $440 de ISR.

¿Cuál es el límite de ingresos para estar en RESICO?

$3.5 millones de pesos al año. Si lo superas durante el ejercicio, sales del régimen y pasas a Régimen de Actividad Empresarial y Profesional (Honorarios).

¿Qué obligaciones tengo en RESICO?

Emitir CFDI por todo lo que cobras, presentar tu declaración mensual a más tardar el día 17 (el SAT prellena tus CFDI como base) y presentar tu declaración anual.

Que tus impuestos no te quiten tiempo

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