Glosario fiscal
Los términos del SAT que sí necesitas entender, sin jerga de contador y con un ejemplo de cada uno.
¿Quieres ver números? Calcula tu ISR en RESICO vs Honorarios.
- RESICO
- Régimen Simplificado de Confianza. Para personas físicas, el ISR se calcula como una tasa fija de 1% a 2.5% sobre tus ingresos cobrados, sin restar gastos. Aplica hasta $3.5 millones de ingresos al año. No puedes estar en RESICO si eres socio o accionista de una empresa (persona moral) o parte relacionada de una. El IVA no está exento: se declara aparte, igual que en cualquier régimen.
- Ejemplo:
- Facturaste $40,000 (sin IVA, $34,482). Tu ISR del mes ronda $379 (tasa 1.1%).
- Qué haces:
- Declaras y pagas cada mes, a más tardar el día 17. Si le facturas a empresas, te retienen 1.25% de ISR que se acredita contra ese pago (ver Retención de ISR).
- Ingresos acumulables
- El total de lo que ganaste y que cuenta para calcular tus impuestos. Es la base sobre la que se calcula tu ISR del año.
- Ejemplo:
- Si en el año cobraste $300,000 por tu trabajo, esos $300,000 son tus ingresos acumulables.
- Qué haces:
- No haces nada extra: son la suma de lo que facturas y cobras.
- Ingresos efectivamente cobrados
- El dinero que de verdad te llegó, no lo que te deben. En RESICO pagas sobre lo que cobraste, no sobre lo que facturaste a crédito.
- Ejemplo:
- Facturaste $50,000 pero un cliente aún te debe $10,000. Pagas impuestos sobre los $40,000 que sí cobraste.
- Qué haces:
- Cuentas solo lo que entró a tu cuenta en el mes.
- Deducible
- Un gasto que puedes restar para pagar menos impuestos. El requisito de fondo es que sea estrictamente indispensable para tu actividad —es decir, ligado a la generación de tus ingresos—; y además debe cumplir la forma: tener factura (CFDI) a tu RFC y, casi siempre, haberse pagado con tarjeta o transferencia. No todo lo que gastas es deducible.
- Ejemplo:
- Una computadora que usas para trabajar es indispensable para tu actividad y puede ser deducible; tu despensa no, porque es un gasto personal.
- Qué haces:
- Verificas que el gasto sea indispensable para tu actividad, guardas la factura y pagas por medios electrónicos para poder deducirlo.
- CFDI
- Comprobante Fiscal Digital por Internet: la factura electrónica oficial. Es el documento que prueba una venta o servicio ante el SAT.
- Ejemplo:
- Cuando le facturas a un cliente, lo que se genera y aparece en el SAT es un CFDI.
- Qué haces:
- Lo emites por cada venta, lo envías al cliente y lo guardas 5 años.
- e.firma
- Tu firma electrónica ante el SAT (antes FIEL). Un par de archivos (.cer y .key) más una contraseña que te identifican con la misma validez que tu firma de puño y letra. Tiene una vigencia de 4 años; puedes renovarla cuando quieras antes de que venza.
- Ejemplo:
- La necesitas para presentar declaraciones y la mayoría de trámites.
- Qué haces:
- La tramitas en el SAT y la renuevas antes de que se cumplan los 4 años de vigencia.
- CSD
- Certificado de Sello Digital. Un certificado que emite el SAT, distinto de la e.firma, que sirve específicamente para timbrar tus facturas.
- Ejemplo:
- Sin un CSD vigente, no puedes emitir CFDI.
- Qué haces:
- Lo tramitas en el SAT; caduca y hay que renovarlo.
- RFC
- Registro Federal de Contribuyentes: tu identidad fiscal, la clave única con la que el SAT te identifica.
- Ejemplo:
- Aparece en cada factura y trámite que haces.
- Qué haces:
- Lo obtienes al darte de alta y lo usas en todo lo fiscal.
- Línea de captura
- El formato de pago que genera el SAT con un número y un importe exacto para pagar tus impuestos en el banco.
- Ejemplo:
- Cuando debes ISR, el SAT (o Saldia) genera una línea de captura por el monto y con fecha de vigencia.
- Qué haces:
- La pagas en tu banco o en línea antes de que venza.
- ISR
- Impuesto Sobre la Renta: el impuesto sobre tus ingresos. En RESICO es una tasa fija de 1% a 2.5%; en Honorarios es una tarifa progresiva (1.92% a 35%) sobre tus ingresos menos deducciones.
- Ejemplo:
- En Honorarios, una base de $30,000 al mes (ingresos menos deducciones) paga unos $4,739 de ISR; la tasa sube conforme ganas más.
- Qué haces:
- Lo calculas y pagas cada mes (día 17) y lo ajustas en tu declaración anual.
- IVA
- Impuesto al Valor Agregado, normalmente 16%. Lo cobras a tus clientes y lo entregas al SAT, menos el IVA que pagaste en tus gastos con factura (acreditable).
- Ejemplo:
- Cobras $116 ($100 + $16 de IVA). Si gastaste con factura, acreditas ese IVA.
- Qué haces:
- Lo declaras cada mes; puede salir a pagar o a favor.
- Constancia de Situación Fiscal
- Documento del SAT que muestra tu RFC, régimen, domicilio y obligaciones fiscales.
- Ejemplo:
- Las empresas te la piden para poder facturarte correctamente.
- Qué haces:
- La descargas del SAT cuando alguien te la pide.
- Factura global
- CFDI que agrupa, por periodo, todas las ventas al público en general: las que hiciste a quienes no te pidieron factura.
- Ejemplo:
- Una tienda emite una factura global con todos los tickets del día o del mes sin RFC.
- Qué haces:
- La emites por periodo si vendes al público en general.
- Complemento de pago
- CFDI que emites cuando cobras una factura que había quedado por pagar (PPD), para avisar al SAT que ya recibiste el dinero. También se le llama REP (Recibo Electrónico de Pago). Su total va en cero: no vuelve a cobrar impuestos, solo registra el cobro.
- Ejemplo:
- Facturaste a crédito $50,000; al cobrarlo emites el complemento de pago (REP), a más tardar el día 5 del mes siguiente.
- Qué haces:
- Lo emites cada vez que cobras una factura a plazo (uno por cada pago).
- Deducciones personales
- Gastos personales que el SAT te permite restar en tu declaración anual para pagar menos ISR (médicos, colegiaturas, intereses de hipoteca, donativos, retiro). Tienen topes. En RESICO no aplican.
- Ejemplo:
- Gastos médicos con factura y pago bancario bajan tu base del año.
- Qué haces:
- Las reúnes con CFDI y las aplicas en tu declaración anual.
- Declaración provisional (mensual)
- El reporte mensual de tus ingresos e impuestos que presentas a más tardar el día 17 del mes siguiente.
- Ejemplo:
- En junio facturaste $32,800; declaras y pagas el ISR de junio antes del 17 de julio.
- Qué haces:
- La presentas cada mes.
- Declaración anual
- El reporte que las personas físicas presentan una vez al año (en abril) y que consolida todo el ejercicio aplicando deducciones personales.
- Ejemplo:
- Sumas de enero a diciembre, aplicas deducciones y puede salir saldo a favor.
- Qué haces:
- La presentas en abril.
- Buzón tributario
- El canal oficial del SAT donde te llegan avisos, requerimientos y notificaciones. La notificación oficial vive ahí dentro; el SAT solo te avisa por correo y SMS que tienes un mensaje nuevo para que entres a revisarlo.
- Ejemplo:
- El SAT te manda un correo (y SMS) avisándote que tienes un mensaje en el buzón; entras al portal y ahí ves de qué se trata. El aviso por correo no es la notificación: la oficial está dentro del buzón.
- Qué haces:
- Mantén tus correos registrados al día y revisa el buzón en cuanto te avisen: tienes plazos para responder.
- UMA
- Unidad de Medida y Actualización: el valor de referencia para multas, topes y límites. En 2026 vale $117.31 diario, $3,566.22 mensual y $42,794.64 anual.
- Ejemplo:
- Una multa de 20 UMA equivale a $2,346.
- Qué haces:
- Normalmente nada; el SAT la usa para calcular topes y sanciones.
- Retención de ISR
- Parte de tu pago que tu cliente (cuando es empresa, no un particular) retiene y entrega al SAT a tu nombre. La tasa cambia según tu régimen: en Honorarios es 10% del subtotal; en RESICO es 1.25% del subtotal. Solo aplica al facturar a personas morales.
- Ejemplo:
- En RESICO facturas $40,000 + $6,400 de IVA a una empresa: te retienen 1.25% ($500) de ISR, así que recibes $45,900. Por $100,000 + $16,000 de IVA, te retienen $1,250 y recibes $114,750.
- Qué haces:
- No es un impuesto extra: ese ISR retenido es un anticipo que se acredita contra tu ISR del mes. Si te retienen más de lo que causas, te queda saldo a favor.
- Saldo a favor
- Dinero que el SAT te debe porque pagaste más impuesto del que te tocaba.
- Ejemplo:
- Si te retuvieron más ISR del que debías, tienes saldo a favor en tu anual.
- Qué haces:
- Pides la devolución (plazo legal de 40 días hábiles; las automáticas caen en días) o lo acreditas.
- Honorarios
- El régimen de Actividades Empresariales y Profesionales: la contraparte de RESICO para quien trabaja por su cuenta. Aquí el ISR se calcula sobre tu utilidad (ingresos menos gastos reales con factura) con una tarifa progresiva de 1.92% a 35%, y puedes deducir lo que gastas en tu actividad. No tiene tope de ingresos.
- Ejemplo:
- Facturaste $50,000 y tuviste $20,000 de gastos con CFDI: tu ISR se calcula sobre $30,000, no sobre los $50,000. Si le facturas a una empresa, te retiene 10% de ISR y 2/3 del IVA.
- Qué haces:
- Declaras y pagas cada mes (día 17) y cierras todo en tu declaración anual de abril.
- EFOS / EDOS (lista 69-B)
- EFOS son empresas que facturan operaciones simuladas (venden facturas de cosas que no pasaron); EDOS, quienes deducen esas facturas. El SAT publica a los EFOS en la lista 69-B. Si dedujiste de un proveedor que cae en la lista, pierdes esa deducción y debes reintegrar el IVA, aunque tu compra haya sido real.
- Ejemplo:
- Tu proveedor de materiales aparece en la lista 69-B. Esa factura deja de ser deducible y tienes que corregir las declaraciones donde la usaste.
- Qué haces:
- Revisa que tus proveedores no estén en la lista 69-B. Si uno cae, tienes 30 días hábiles para probar que la operación fue real (materialidad).
- PUE y PPD
- Las dos formas de registrar el cobro en un CFDI. PUE (Pago en Una sola Exhibición) es cuando cobras al facturar o dentro del mismo mes. PPD (Pago en Parcialidades o Diferido) es cuando te pagarán después: la factura va con forma de pago «99 - Por definir» y, al cobrar, debes emitir un complemento de pago.
- Ejemplo:
- Facturas $10,000 el 1° de mayo. Si cobras en mayo es PUE; si el cliente te paga en junio, la emites como PPD y ese día generas el complemento de pago.
- Qué haces:
- Usa PUE si cobras al momento; PPD si es a plazo. En PPD emite el complemento a más tardar el día 5 del mes siguiente al que cobraste.
- PPR
- Plan Personal de Retiro: un ahorro para el retiro que además te baja el ISR del año. Lo que aportas se resta de tu base gravable en la declaración anual. El tope es el menor entre el 10% de tus ingresos del año y 5 UMA anuales (≈ $213,973 en 2026), y cuenta dentro del límite global de deducciones personales.
- Ejemplo:
- Ganaste $300,000 en el año y aportaste $25,000 a tu PPR: como está por debajo del 10% ($30,000), restas los $25,000 completos de tu base para calcular el ISR anual.
- Qué haces:
- Aportas a un plan registrado ante el SAT y lo aplicas en tu anual. Si retiras antes de los 65 años, devuelves el beneficio fiscal.
- Discrepancia fiscal
- Cuando tus gastos y depósitos del año superan los ingresos que declaraste. El SAT cruza tus depósitos bancarios, compras y consumos contra lo que reportaste; si gastaste más de lo que ganaste, presume ingresos no declarados y te lo notifica. Puede tener explicación (un préstamo, ahorros, dinero de un tercero), pero hay que demostrarlo.
- Ejemplo:
- Declaraste $100,000 de ingresos, pero tus depósitos y compras suman $160,000. El SAT te pedirá explicar de dónde salieron esos $60,000 de más.
- Qué haces:
- Si te llega el requerimiento, respondes en 20 días hábiles con pruebas (contratos, estados de cuenta). No lo ignores.
- Sueldos y Salarios
- El régimen de las personas asalariadas. Tu patrón retiene el ISR y lo entrega al SAT a tu nombre, y te da un CFDI de nómina cada pago. Es el régimen más sencillo porque casi todo lo maneja la empresa.
- Ejemplo:
- Ganas $25,000 al mes: tu patrón te retiene el ISR, lo entera al SAT y te entrega tu recibo de nómina. Tú normalmente no haces nada más.
- Qué haces:
- Guardas tus recibos. Solo estás obligado a declaración anual si ganaste más de $400,000, tuviste dos o más patrones, o dejaste de trabajar antes del 31 de diciembre.
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Saldia lo registra y lo acredita por ti cada mes.
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Saldia verifica el RFC de tus proveedores y te alerta si aparecen en la lista 69-B.
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