Los gastos médicos son de las deducciones más jugosas… y las que más se caen por un solo detalle: cómo los pagaste. Aquí va qué entra, el requisito que casi nadie cumple y de quién puedes deducir.
Qué gastos médicos puedes deducir
- Honorarios de médicos, dentistas, psicólogos y nutriólogos.
- Hospitalización, análisis clínicos y estudios.
- Lentes ópticos graduados (con un tope anual).
- Primas de seguro de gastos médicos mayores (tuyas y de tu familia).
El requisito que tumba la deducción
Nunca pagues en efectivo
Aunque tengas la factura, un gasto médico pagado en efectivo NO se puede deducir. Tiene que ser por tarjeta, transferencia o cheque nominativo. Y el CFDI debe venir con el uso “D01 - Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios” (o “D07” para las primas de seguro). Es el error #1 al deducir.De quién puedes deducir
Además de los tuyos, puedes deducir los gastos médicos de tu cónyuge o concubino(a), tus padres, abuelos, hijos y nietos, siempre que esa persona no haya tenido ingresos altos en el año (por arriba de una UMA anual). La factura debe ir a tu nombre.
La excepción: discapacidad
Cuando los gastos médicos derivan de una incapacidad o discapacidad certificada con grado igual o mayor al 50%, se deducen completos, sin el tope global de las demás deducciones personales.
Cómo Saldia te ayuda
Saldia revisa que tus gastos médicos tengan el CFDI correcto y un pago bancario que los respalde, para que de verdad cuenten en tu anual y no te los rechacen. Así no descubres en abril que el gasto del año no te servía.