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Retenciones de ISR e IVA a honorarios 2026

Si le facturas a una empresa, cuánto te retienen de ISR e IVA y cuánto te depositan de verdad. Gratis, sin registro.

Solo las empresas retienen. A una persona física cobras completo.

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El subtotal de tu factura, antes del IVA.

Escribe un monto para ver cuánto te retienen y cuánto te queda.

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Estimación con tarifas vigentes. No es asesoría fiscal ni una cifra garantizada — valida con tu contador antes de presentar al SAT.

¿Quién retiene y cuánto?

La retención solo la hacen las empresas (personas morales) cuando les facturas. Si le cobras a otra persona física o al público en general, no te retienen: cobras el total. Por eso lo primero es a quién le facturas.

Cuando el cliente es empresa, lo que te retiene depende de tu régimen: RESICO lleva 1.25% de ISR (Art. 113-J); honorarios y arrendamiento, 10% de ISR (Art. 106 y 116). En los tres, la empresa retiene 2/3 del IVA (10.6667%, Art. 1-A LIVA), salvo el autotransporte de carga, que lleva 4%. Todo lo retenido es un anticipo: lo acreditas después, no se pierde.

Tasas de la LISR/LIVA vigentes 2026 · Actualizado mayo de 2026. Estimación, valida con tu contador antes de emitir.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto le retiene una empresa a un RESICO?

Una persona moral le retiene 1.25% de ISR (Art. 113-J LISR) y 2/3 del IVA (10.6667%) a una persona física de RESICO por sus servicios. Sobre $10,000 de honorarios: $125 de ISR y $1,066.67 de IVA retenido; con el IVA trasladado de $1,600, te depositan $10,408.33.

¿Me retienen si le facturo a una persona física?

No. La retención de ISR e IVA solo la hacen las personas morales (empresas). Si le facturas a otra persona física o al público en general, cobras el total sin retención. Por eso importa a quién le facturas.

¿Cuánto retiene por honorarios (Art. 106)?

En el régimen de honorarios (actividad profesional, 612), la empresa te retiene 10% de ISR (Art. 106 LISR) y 2/3 del IVA (10.6667%, Art. 1-A LIVA). En arrendamiento (606) es igual: 10% de ISR y 2/3 de IVA.

¿Qué es la retención de IVA de 2/3?

Cuando una empresa te paga honorarios, retiene dos terceras partes del IVA que le trasladaste: 2/3 de 16% = 10.6667%. Ese IVA lo entera la empresa al SAT en tu nombre; tú lo acreditas en tu declaración, no lo pierdes.

¿Se pierde el ISR y el IVA que me retienen?

No. Lo retenido es un anticipo a cuenta de tus impuestos: el ISR retenido lo acreditas en tus pagos provisionales y en la declaración anual; el IVA retenido lo acreditas en tu IVA del mes. Si te retuvieron de más, sale saldo a favor.

¿Cuánto debo facturar para que me quede cierta cantidad?

Usa el modo 'Lo que quiero recibir': escribes el depósito que quieres que te llegue y la calculadora te dice cuánto facturar antes de IVA para que, ya con las retenciones aplicadas, te quede esa cantidad.

Factura con la retención ya puesta

Saldia calcula la retención correcta según tu régimen y tu cliente, y la deja lista en el CFDI. Por WhatsApp, sin batallar con el portal del SAT.

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