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IVA para personas físicas: cobrado, acreditable y cuándo sale a pagar

El IVA confunde a casi todos los que empiezan a facturar. Mucha gente lo siente como un impuesto que les cobran a ellos —“estoy guardando dinero que no es mío y al final me lo cobran como propio”—. La verdad es más sencilla: el IVA no es tuyo, nunca lo fue, y tu trabajo es solo cobrarlo, restarle lo que tú pagaste de IVA y entregar la diferencia al SAT.

Qué es el IVA y por qué lo cobras tú

El IVA (Impuesto al Valor Agregado) es del 16% y lo paga el consumidor final. Tú, como persona física que factura, eres solo el intermediario: lo cobras a tu cliente dentro de tu factura y se lo entregas al SAT. Por eso, cuando cobras $1,000 + IVA, en realidad recibes $1,160, pero $160 nunca fueron tuyos: son del SAT y los traes en custodia hasta el día 17 del mes siguiente.

Ese es el error mental más caro: gastarte el IVA cobrado como si fuera ingreso. Cuando llega el día de pagar, el dinero ya no está y sale a deber. Apártalo en cuanto cobras.

IVA trasladado vs. IVA acreditable (la clave)

Aquí está el nudo que casi nadie entiende a la primera. Hay dos IVA en tu vida fiscal:

  • IVA trasladado (o cobrado): el 16% que tú le sumas a tus clientes en tus facturas. Es el que recaudas para el SAT.
  • IVA acreditable (o pagado): el 16% que tú pagaste dentro de los gastos de tu negocio (tu laptop, tu renta de oficina, gasolina para trabajar, software). Ese IVA ya lo pagaste, así que el SAT te deja restarlo.

La fórmula del mes es directa: IVA a pagar = IVA cobrado − IVA pagado − IVA retenido. Solo le entregas al SAT la diferencia, no todo lo que cobraste.

¿Por qué a veces sale a pagar y a veces a favor?

Porque depende de cuánto IVA cobraste contra cuánto pagaste ese mes:

  • Si cobraste más IVA del que pagaste → sale a pagar la diferencia.
  • Si pagaste más IVA del que cobraste (un mes de muchas compras y pocas ventas) → te queda un saldo a favor que puedes usar contra el IVA de los meses siguientes o pedir en devolución.

El IVA va por flujo de efectivo

Para personas físicas, el IVA se causa cuando el dinero realmente entra o sale, no cuando emites la factura. Si facturaste en marzo pero te pagaron en abril, ese IVA es de abril. Lo mismo con tus gastos: solo acreditas el IVA de lo que ya pagaste.

La retención de IVA: cuando una empresa te retiene

Si das servicios profesionales (honorarios) o rentas un inmueble a una empresa, esa empresa está obligada a retenerte las dos terceras partes del IVA —es decir, 10.67% de los 16%— y enterarlo al SAT a tu nombre. En tu factura verás el IVA trasladado del 16% y, debajo, la retención del 10.67%.

No pierdes ese dinero: es IVA tuyo que la empresa adelantó al SAT por ti. Se descuenta de lo que te tocaría pagar. Lo explicamos a fondo en cómo recuperar las retenciones de ISR e IVA.

Qué lleva IVA y qué no

No todo causa IVA al 16%. Conviene saber en qué estás:

  • Tasa 16%: la mayoría de servicios profesionales, honorarios, comercio y venta de productos.
  • Tasa 0%: alimentos básicos, medicinas de patente, libros. Cobras IVA al 0% pero sí puedes acreditar el IVA de tus gastos (ahí es donde más saldos a favor salen).
  • Exentos: servicios médicos, enseñanza, ciertos intereses. No cobras IVA, pero tampoco puedes acreditar el de tus gastos relacionados.

Si estás en RESICO, ojo: el IVA es aparte del ISR. RESICO te baja el ISR, pero el IVA lo calculas y lo pagas igual que cualquier otro régimen.

Calcúlalo sin hacer cuentas a mano

Si quieres ver cuánto te toca pagar este mes sin pelearte con la fórmula, mete tus cifras en la calculadora de IVA de Saldia: pones lo que cobraste y lo que pagaste de IVA y te dice si sales a pagar o a favor.

Cómo Saldia te quita el IVA de encima

El IVA no es difícil, es latoso: hay que juntar facturas de gastos, separar lo cobrado de lo pagado y no perder el día 17. Saldia lo lleva por ti: le mandas tus facturas por WhatsApp, calcula tu IVA del mes, te genera la línea de captura y te avisa antes de que venza. Tú solo apruebas con un código.

Herramienta relacionada: Calculadora de IVA

Preguntas frecuentes

¿El IVA es un impuesto que pago yo?

No. El IVA lo paga el consumidor final; tú solo lo cobras dentro de tu factura y lo entregas al SAT. Cuando cobras $1,000 + IVA recibes $1,160, pero esos $160 nunca fueron tuyos: los traes en custodia hasta el día 17 del mes siguiente. Por eso conviene apartarlos en cuanto cobras.

¿Cuál es la diferencia entre IVA trasladado y acreditable?

El IVA trasladado (o cobrado) es el 16% que les sumas a tus clientes. El IVA acreditable (o pagado) es el 16% que pagaste en los gastos de tu negocio. Al SAT solo le entregas la diferencia: IVA cobrado menos IVA pagado menos lo que te hayan retenido.

¿Por qué a veces me sale IVA a favor?

Si en un mes pagaste más IVA del que cobraste (por ejemplo, un mes de muchas compras y pocas ventas), te queda un saldo a favor. Lo puedes usar contra el IVA de los meses siguientes o pedirlo en devolución.

¿Cuánto IVA me retiene una empresa?

Si das servicios profesionales o rentas un inmueble a una empresa, esa empresa retiene las dos terceras partes del IVA, es decir el 10.67% de los 16%, y lo entera al SAT a tu nombre. No lo pierdes: se descuenta de lo que te tocaría pagar.

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