Heredaste una casa, un familiar te regaló dinero o ganaste un premio: ¿el SAT te va a cobrar ISR? La mayoría de estos ingresos están exentos, pero hay una trampa: aunque no paguen impuesto, muchas veces tienes que informarlos en tu declaración anual.
Herencias y legados
Lo que recibes por herencia o legado está exento de ISR: no pagas impuesto por heredar. Pero si el monto es alto, tienes que informarlo en tu anual para conservar la exención. Ojo: si más adelante vendes el inmueble que heredaste, esa venta sí puede pagar ISR por la ganancia.
Donativos y regalos
- Entre cónyuges: exentos, sin límite.
- De padres a hijos y de hijos a padres (línea recta): exentos, sin límite (con condiciones, como no revenderlo de inmediato).
- De cualquier otra persona (un hermano, un amigo): exentos solo hasta cierto monto al año; el excedente sí paga ISR.
Premios (loterías, rifas, sorteos)
Aquí sí hay retención: el organizador te descuenta ISR del premio (una tasa federal baja más lo que aplique tu estado) antes de entregártelo. Y los premios grandes también se informan en la anual.
Por qué importa informarlos
No informar un ingreso exento te puede meter en problemas
Si recibes herencias, donativos o premios por montos altos y no los reportas, el SAT puede tratarlos como ingreso gravable o detectar una discrepancia entre lo que entró a tus cuentas y lo que declaraste. Los montos y reglas exactas tienen muchos matices: valida tu caso con un contador, sobre todo si son cantidades importantes.Cómo Saldia te ayuda
Saldia te ayuda a reportar correctamente estos ingresos en tu anual para que conserves la exención y no se conviertan en un problema. Cuando hay un caso delicado, te lo decimos claro en lugar de dejarte adivinando.