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Lista 69-B: cómo saber si un proveedor está (y qué hacer)

La lista 69-B es la "lista negra" del SAT: ahí publica a las empresas que facturan operaciones que nunca ocurrieron (se les llama EFOS). El problema no es solo de ellas: si dedujiste una factura de un proveedor que cae en esa lista, tú te conviertes en EDOS y heredas el lío, aunque tu compra haya sido real.

Cómo saber si un proveedor está en la lista

El SAT publica la lista en el Diario Oficial y en su portal, en dos momentos: primero como presunto (sospecha) y después como definitivo (confirmado). Puedes consultar el RFC de tus proveedores en el portal del SAT antes de deducir su gasto.

Qué hacer si tu proveedor aparece

  1. No generes más operaciones con ese RFC y haz un inventario de las facturas que ya tienes y por qué montos.
  2. Reúne la prueba de materialidad: contratos, evidencia de entrega, pagos, fotos, correos… todo lo que demuestre que la operación sí existió.
  3. Presenta tu aclaración en el plazo. Cuando el proveedor queda como definitivo, tienes 30 días para acreditar la realidad de la operación o corregir tu situación.

Si no lo aclaras, pierdes la deducción y el IVA

Si el proveedor queda como EFOS definitivo y no acreditas la operación, esas facturas dejan de ser deducibles y el IVA que acreditaste de ellas tienes que reintegrarlo, con sus recargos. Por eso conviene revisar antes, no después.

Cómo Saldia te ayuda

Saldia vigila la lista 69-B por ti: revisa que tus proveedores no aparezcan ahí antes de que deduzcas sus facturas, para que no heredes un problema que no es tuyo. Es justo el tipo de revisión que evita que el SAT te ponga la lupa encima.

Términos de este artículo

Preguntas frecuentes

¿Qué es la lista 69-B?

Es la lista que publica el SAT con empresas que facturan operaciones que nunca ocurrieron (EFOS). Si dedujiste una factura de un proveedor que cae en esa lista, te conviertes en EDOS y heredas el problema, aunque tu compra haya sido real.

¿Qué hago si un proveedor mío aparece en la lista?

No generes más operaciones con ese RFC, haz inventario de las facturas que tienes y reúne la prueba de materialidad (contratos, pagos, entregas). Cuando el proveedor queda como definitivo, tienes 30 días para acreditar que la operación fue real o corregir tu situación.

¿Qué pasa si no aclaro nada?

Si el proveedor queda como EFOS definitivo y no acreditas la operación, esas facturas dejan de ser deducibles y el IVA que acreditaste de ellas tienes que reintegrarlo, con recargos. Por eso conviene revisar a tus proveedores antes de deducir.

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